Visto: la gestión de la Administración Municipal de Soriano
(Intendencia Municipal y Junta de Vecinos) por la cual propone al Poder
Ejecutivo una Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1981.
Resultando: que esta Modificación Presupuestal cuenta con la aprobación
de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el acuerdo del
Tribunal de Cuentas.
Considerando: que de no recaudarse la totalidad de los recursos
previstos, deberán abatirse los gastos a efectos de mantener el equilibrio
presupuestal.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación
y Difusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la Modificación Presupuestal para el ejercicio 1981 propuesta
por la Administración Municipal de Soriano (Intendencia Municipal y Junta de Vecinos) cuyos montos quedan fijados en N$ 219:848.600.00 (doscientos diecinueve millones ochocientos cuarenta y ocho mil seiscientos nuevos pesos).
Los mismos presentarán la siguiente composición:
I) GASTOS (en miles de nuevos pesos)
Funcionamiento
Vigente Proyectado
- -
Retrib. Personales................ 19.551,5 28.947,3
Benef. y Cargas Sociales.......... 4.146,9 6.941,1
Gastos............................ 10.600,0 14.668,2
Subtotal.......................... 34.298,4 50.556,6
------------- -------------
Inversiones Vigente Proyectado
- -
Retrib. Personales................ 1.877,0 2.788,0
Benef. y Cargas Sociales.......... 407,0 681,0
Gastos............................ 6.225,0 5.383,0
Adq. Maq. Vial.................... 3.220,0
Obras Def. Inund. Río Negro....... 160.000,0
-------------
Subtotal.......................... 11.729,0 168.842,0
-------------- -------------
Junta de Vecinos.................. 350,0 450,0
-------------- -------------
TOTAL............................. 46.377,4 219.848,6
II) RECURSOS (en miles de nuevos pesos)
A) De origen Departamental
Impuestos
Contr. Inm. Urb. y Subur. ........ 2.509,9 3.074,5
Contr. Inm. Rural................. 7.984,0 9.625,2
Patente de Rodados................ 8.186,0 11.619,0
Imp. Vta. en Remates y Semov. .... 9.955,0 14.279,8
Tornaguías........................ 25,0 -
Otros impuestos................... 372,0 477,3
Tasas
Tasa Salub. y Limp. .............. 2.509,9 3.074,5
Alum. Público..................... 2.100,0 2.070,2
Empadron. de Vehículos............ 665,0 444,1
Tasa Contralor Bromat. ........... 205,0 411,2
Otras Tasas....................... 744,0 1.434,1
Precios
Derecho de Faena.................. 975,0 2.864,0
Result. Act. Comercial............ 200,0 -
Otros Precios..................... 797,0 1.580,0
Contrib. por Mejoras
Cont. p. Mej. Vialidad Rural...... 500,0 615,0
Recursos Extraordinarios
Event. Multas y Ret. A. Fam. ..... 703,0 1.297,0
Otros recur. Extraor. ............ 1.120,0 1.580,0
B) De Origen Nacional
Asist. Ob. Defensa Inund. ........ - 160.000,0
Ap. Pat. D.G.S.S. ................ 3.532,0 5.393,3
Otros............................. 74,6 74,6
C) Endeudamiento
Por Adq. Maq. Vial................ 3.220,0
TOTAL............................. 46.377,4 219.848,6
La asistencia para el pago de aportes patronales a la
Dirección de la Seguridad Social, estará condicionada a una situación de
insuficiencia, financiera en los términos dispuestos en el artículo 50 de
la ley 14.550, de 10 de agosto de 1976.
De acuerdo a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 5º
del Decreto Constitucional Nº 3 de 1º de setiembre de 1976, rigen para el
personal municipal las mismas normas sobre incompatibilidades,
compensaciones, prima por antigüedad, quebrantos de caja y acumulación de
sueldos vigentes en lo nacional (ley 15.167 de 6 de agosto de 1981 y
artículo 24 de la ley 14.867, de 24 de enero de 1979).