APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 1992




Promulgación: 11/06/1992
Publicación: 14/10/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   La prima por antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por 
ciento) del Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el 
Poder Ejecutivo. 
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