APROBACION DE DISPOSICIONES REFERENTES AL PROCEDIMIENTO PARA EL TRANSPORTE Y USO DE SENSORES PARA EL RELEVAMIENTO AEREO




Promulgación: 27/08/2018
Publicación: 03/09/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO I - ZONAS DE VUELO PROHIBIDO

Artículo 10

   Examinado el material registrado y ya procesado se actuará de la siguiente manera:
   A- Se entregará al gestionante el material que no ofrezca observaciones.
   B- En caso que el material ofrezca observaciones, será remitido al Comando General de la Fuerza Aérea para que dicte la Resolución que estime corresponder.
   C- En todos los casos una reproducción de dichos registros quedarán en dependencias del Servicio de Sensores Remotos Aeroespaciales, como propiedad del Ministerio de Defensa Nacional.
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