PROHIBICION DE PERTURBACION EN ZONA COSTERA DURANTE EL PERIODO DE CONCENTRACION REPRODUCTIVA DE BALLENAS. CREACION DE REGISTRO DE PRESTADORES TURISTICOS PARA LA OBSERVACION DE CETACEOS. MALDONADO. ROCHA
Créase un Registro de Prestadores Turísticos para la Observación de
Cetáceos que llevará el Ministerio de Turismo, en el cual deberán
inscribirse las personas físicas o jurídicas que, en forma permanente o
temporal, faciliten el acceso de persones embarcadas a las áreas donde se
encuentren ejemplares de estos mamíferos marinos.
La inscripción se solicitará por escrito, acreditando ser propietario
responsable de una embarcación adecuada para tales fines y debidamente
equipada para realizar el transporte de pasajeros de acuerdo a la
normativa que marca la Prefectura Nacional Naval.
Asimismo deberán acreditar:
a) idoneidad en la conducción y transporte de personas para la
observación de ballenas, titular y suplente en cada embarcación que se
registre;
b) póliza de seguro para la cobertura de los pasajeros;
c) autorización de la Prefectura Nacional Naval y de la Dirección
Nacional de Recursos Acuáticos del Ministerio de Ganadería, Agricultura
y Pesca.