APROBACION DE REGLAMENTO DE TODOS LOS ESTUDIOS DE BIODISPONIBILIDAD Y BIOEQUIVALENCIA IN VIVO. CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE SUJETOS DE INVESTIGACION




Promulgación: 01/06/2009
Publicación: 08/06/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1330
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Créase el Registro Nacional de Sujetos de Investigación como banco de
datos nacional, bajo la responsabilidad de la Dirección General de la
Salud, para controlar la participación de los voluntarios en los estudios
de biodisponibilidad y/o bioequivalencia realizados en Uruguay. Tal
Registro operará de forma de asegurar la confidencialidad de los datos
clínicos de los voluntarios.
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