APROBACION DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD SOCIAL POLICIAL (DNASSP) Y REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 18 DE LA LEY 19.315 Y 172 DE LA LEY 19.924
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 172,
Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 18 - TER.
CAPÍTULO I - ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 10
Departamento de Comunicación y Proyectos- El Departamento de Comunicación y Proyectos de la DNASSP estará dirigido por un Oficial Jefe designado por el Director con formación técnica y/o conocimientos en áreas sociales, de organización y métodos y estadística y/o comunicaciones, se dividirá en dos Divisiones:
Sector Comunicación
Tendrá las siguientes funciones:
a) Realizar la difusión de las actividades, prestaciones, proyectos y
demás servicios de la DNASSP según las directivas de la Dirección.
b) Mantener un enlace directo público hacia la Unidad de Comunicaciones
(UNICOM) de la DNASSP. Oficiar de nexo con la Unidad de Comunicaciones
del Ministerio del Interior y elaborar los informes y comunicados de
interés conforme las directivas del Comando.
c) Gestionar la comunicación con los funcionarios y usuarios internos y
externos de la DNASSP.
d) Prestar apoyo al sector de Proyectos para la difusión e implementación
de las políticas de prestaciones que se desarrollen desde la DNASSP
e) Gestionar los aspectos protocolares y ceremoniales de la Dirección y
organizar actos, conmemoraciones y demás eventos que le sean
solicitados.
Sector Proyectos
Tendrá las siguientes funciones:
a) Estudiar y analizar las prestaciones brindadas por la DNASSP a fin de
la evaluación de las mismas y la generación de insumos para la
Dirección de la DNASSP.
b) Formular, en coordinación con las diferentes áreas, proyectos de
mejora de las prestaciones existentes o desarrollo de nuevas
prestaciones en el marco de las políticas definidas por la Dirección
de la DNASSP.
c) Estudiar y analizar las prestaciones brindadas por la DNASSP a fin de
la evaluación de las mismas y la generación de insumos para la
Dirección de la DNASSP.
d) Formular, en coordinación con las diferentes áreas, proyectos de
mejora de las prestaciones existentes o desarrollo de nuevas
prestaciones en el marco de las políticas definidas por la Dirección
de la DNASSP.
e) Realizar la coordinación, articulación y planificación de las acciones
tendientes a la implementación de los proyectos de desarrollo de
nuevas prestaciones determinados por la Dirección de la DNASSP.
f) Elaborar en coordinación con las diferentes áreas, Protocolos y
Procedimientos de trabajo para ser aprobados por la Dirección de la
DNASSP.
g) Realizar la coordinación y secretaría de las reuniones del Gabinete
que se conforme por el Comando para el análisis y tratamiento de los
proyectos, informes, análisis y propuestas generados por el
Departamento.
h) Realizar el seguimiento de la implementación de los Protocolos de
actuación aprobados por la DNASSP.