APROBACION DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD SOCIAL POLICIAL (DNASSP) Y REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 18 DE LA LEY 19.315 Y 172 DE LA LEY 19.924




Promulgación: 17/08/2023
Publicación: 01/09/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 172,
      Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 18 - TER.

CAPÍTULO II

Artículo 22

   Departamento Técnico- Se conformará por un Sector de Técnicos en Áreas Sociales y un Sector de Técnicos en Áreas de Infraestructura, que dependerán del Supervisor de Prestaciones Sociales. Cada sector estará a cargo de un Oficial Subalterno, con formación en el área específica que se encargará de:

a) Coordinar, distribuir, supervisar técnica y administrativamente y
   organizar el trabajo de los técnicos del sector.

b) Prestar la asistencia técnica necesaria en los trámites del sector de
   Prestaciones Sociales en todos los casos en que sea necesario y en
   aquellos otros que disponga el Comando.

c) Asistir y asesorar a la Dirección, Coordinación Operativa y
   Supervisión de Prestaciones Sociales en temas de su competencia.

d) Controlar y definir los mecanismos de control necesarios a efectos de
   asegurar que los informes contengan los parámetros y especificaciones
   mínimos necesarios y requeridos.
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