APROBACION DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD SOCIAL POLICIAL (DNASSP) Y REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 18 DE LA LEY 19.315 Y 172 DE LA LEY 19.924




Promulgación: 17/08/2023
Publicación: 01/09/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 172,
      Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 18 - TER.

CAPÍTULO III

Artículo 30

   Departamento de Logística - Estará a cargo de un Oficial Jefe y tiene como cometidos la aplicación de principios teóricos y técnicas concretas, destinados a administrar, conservar y gerenciar los recursos materiales y logísticos propios de la DNASSP.

   Tendrá las siguientes funciones:

a) Realizar las compras y suministros conforme la reglamentación y
   legislación vigente.

b) Administrar, organizar y controlar los recursos materiales en función
   de inventario patrimonial, adquisiciones, suministro y proveeduría
   (vestimenta, insumos de papelería e informáticos, artículos de
   limpieza, depósito, etc.) conforme la reglamentación y disposiciones
   legales.

c) Relevar y mantener actualizada la información relativa a inventario y
   necesidades existentes.

d) Administrar y controlar los servicios de mantenimiento edilicio,
   informático y eléctrico.

e) Planificar para cada ejercicio las adquisiciones y elaborar el
   presupuesto de las mismas.

f) Gestionar y supervisar los servicios generales.

g) Desarrollar políticas de consumo y uso racional y responsable de
   bienes e insumos.
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