El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 8
Partidas No Limitativas. El Grupo 1 incluye el Objeto 198 Terminales, partida de carácter no limitativo.
El Grupo 2 incluye el Objeto 261 Impuestos Directos: sub-objeto 002 IRAE y sub-objeto 003 Impuesto al Patrimonio, Objeto 262 Impuestos Indirectos: sub-objeto 003 IVA Pagos DGI y sub-objeto 004 IVA Compras, Objeto 263 Tasas y Otros: sub-objeto 001 Tributos Municipales y sub-objeto 004 Tasa Regulatoria, Objeto 269 Otras - Tasa Tribunal de Cuentas y Objeto 298 Partidas no Limitativas Grupo 2: sub-objeto 001 Canales Internacionales, sub-objeto 002 Comisiones por Ventas, sub-objeto 003 Agentes de Cobranza, sub-objeto 004 Contenidos, sub-objeto 005 Aplicaciones, sub-objeto 007 Agentes Telefónicos, sub-objeto 008 Tráfico Internacional, sub-objeto 009 Interconexión, sub-objeto 010 Sitios, sub-objeto 011 Mantenimiento de Red, sub-objeto 012 Energía Eléctrica, sub-objeto 013 Correspondencia y sub-objeto 014 Subsidiarias, partidas todas de carácter no limitativo.
El Grupo 5 incluye en el Objeto 535 Transferencia de Capital al Gobierno Central de acuerdo con el artículo 643 de la Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990, partida de carácter no limitativo.
El Grupo 4 Activos Financieros, el Grupo 6 Intereses y Otros Gastos de Deuda y el Grupo 8 Aplicaciones Financieras tienen carácter de no limitativos.
Todas las partidas detalladas anteriormente y definidas como no limitativas, no podrán ser utilizadas como reforzantes.
El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo con el volumen de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.