Visto: las solicitudes de diversos Incisos de ampliar el Plan de
Inversiones para el ejercicio 1980.
Considerando: que se configuran las razones que justifican la
incorporación de Proyectos y la ampliación de partidas para Proyectos ya
existentes en el citado Plan.
Atento: a la ampliación del tope de inversiones para el ejercicio 1980
dispuesta en el artículo 2º de la ley 15.106, de 2 de febrero de 1981 y al
informe favorable de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y del Ministerio de Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Incorpórase al Plan de Inversiones Públicas para el ejercicio 1980 los
Proyectos que se detallan a continuación:
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 262/981 de
17/06/1981.
MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - YAMANDU TRINIDAD - ESTANISLAO VALDES OTERO - ARMANDO CHIARINO AGUIRRE - DANIEL DARRACQ - ANTONIO CAÑELLAS - FELIX E. ZUBILLAGA GOLDARAZ