REGLAMENTACION SOBRE PUBLICIDAD Y COMERCIALIZACION DE CIGARRILLOS, CIGARROS Y TABACOS




Promulgación: 22/07/1983
Publicación: 16/08/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.361 Derogada/o de 24/12/1982.
Referencias a toda la norma

Artículo 14

  El Ministerio de Salud Pública tendrá a su cargo la potestad
sancionatoria en la materia, y la fiscalización de las disposiciones
legales y reglamentarias estará a cargo de dicha Secretaría de Estado y
del Ministerio de Economía y Finanzas dentro del ámbito específico de sus
competencias.
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