REGLAMENTACION SOBRE PUBLICIDAD Y COMERCIALIZACION DE CIGARRILLOS, CIGARROS Y TABACOS




Promulgación: 22/07/1983
Publicación: 16/08/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.361 Derogada/o de 24/12/1982.
Referencias a toda la norma

Artículo 19

    La leyenda de advertencia sobre los envases individual es de venta al
público será exigible para los productos que las fábricas libren a la
venta a partir del 22 de julio de 1983. Los importadores deberán
efectuarse ante la Dirección Coordinación y Control declaración jurada de
sus existencias, fecha de importación y la leyenda será exigida para las
partidas importadas a partir del 22 de julio de 1983.
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