El Poder Ejecutivo nombrará una Comisión Asesora con los siguientes
cometidos:
a) Proponer al Ministerio de Salud Pública el sistema de muestreo acorde
con los métodos de análisis, metodología analítica y márgenes de
tolerancia;
b) Asesorara dicha Secretaría de Estado en todo lo referente a la
aplicación de la ley 15.361 y del presente reglamento.