APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE OSE. EJERCICIO 1984




Promulgación: 03/07/1985
Publicación: 26/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   Tendrán derecho a la prima por Hogar Constituido:
   a. Los funcionarios casados y los viudos;
   b. Los de cualquier estado civil con familares a su cargo hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad.

Este beneficio también alcanzará al funcionario sujeto a la obligación de servir pensión alimenticia por sentencia o convenio homologado judicialmente, lo cual deberá acreditarse con el testimonio judicial correspondiente y la declaración jurada del efectivo cumplimiento de la obligación.
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