AUTORIZACION A LA COMISION INTERMINISTERIAL CREADA POR DECRETO 218/980, A EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS Y PROVEEDORES DEL PROYECTO SANTIAGO VAZQUEZ A EFECTUAR IMPORTACIONES




Promulgación: 02/05/1980
Publicación: 27/05/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 849
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Los elementos introducidos al amparo de esta régimen que no queden
incorporados definitivamente a la obra deberán ser devueltos al  exterior
dentro de un plazo de seis meses a contar de la fecha de recepción
provisoria de la obra, o en su defecto, el contratista deberá iniciar
dentro del referido plazo, las gestiones para realizar la importación
definitiva de los mismos con el pago total de los derechos de Aduana y
demás tributos que correspondan.
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