PRESUPUESTO OPERATIVO. PLUNA




Promulgación: 23/09/1998
Publicación: 30/09/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 546
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   Los funcionarios pertenecientes a la planilla Técnico Profesional
Categoría "A" y "B" pasarán automáticamente de grado al cumplir 4 o 5 años
de permanencia en el grado conforme al artículo 10o. De existir vacantes
serán promovidos a las mismas y, en caso contrario, se les otorgará un
complemento de sueldo igual a la diferencia resultante entre el cargo del
que es titular y el inmediato superior en su escalafón.
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