PRESUPUESTO OPERATIVO. PLUNA




Promulgación: 23/09/1998
Publicación: 30/09/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 546
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Los funcionarios presupuestados o contratados de PLUNA, declarados
excedentarios de acuerdo a lo preceptuado por el art. 5o. del Decreto No.
525/96, de fecha 31 de diciembre de 1996, una vez transcurridos doce meses
desde su declaratoria de excedencia sin ser redistribuidos a otro
organismo público, pasarán a una planilla en el Inciso 02 "Presidencia de
la República", Programa 004 "Política, Administración y Control del
Servicio Civil" Unidad Ejecutora 008 "Oficina Nacional del Servicio
Civil". La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos
necesarios en el programa antes mencionado.
Ayuda