REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 39, 40 Y 41 DE LA LEY 19.824. LEY DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL




Promulgación: 24/09/2020
Publicación: 30/09/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.824 de 18/09/2019 artículos 39, 40 y 41.

Artículo 7

   (Multas). Los Gobiernos Departamentales establecerán las multas por infracción a las obligaciones establecidas en los artículos 39 a 41 de la Ley N° 19.824, de fecha 18 de setiembre de 2019, teniendo en cuenta las reglas generales establecidas en la Ley N° 18.191, de fecha 14 de noviembre de 2007 y en la Ley que se reglamenta, constituyendo título ejecutivo el testimonio de la resolución firme que imponga la sanción, siendo de aplicación en lo pertinente lo dispuesto por los artículos 91 y 92 del Código Tributario.
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