(Derogaciones). Deróganse los Decretos 47/983 de 16 de febrero de 1983,
287/992 de 23 de junio de 1992, 437/994 de 23 de setiembre de 1994,
365/995 de 3 de octubre de 1995 y el literal d) y f) del artículo 2º del
decreto 21/999 de 26 de enero de 1999 y toda otra disposición que se
oponga al presente.