SERVICIOS EXTRAORDINARIOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL -




Promulgación: 08/06/1994
Publicación: 20/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 672
Referencias a toda la norma
 Visto: la gestión promovida por la Dirección General de Servicios
Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

 Resultando: I) El decreto 641/989 de 29 de diciembre de 1989, autoriza a
la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca para habilitar a solicitud de los usuarios, horarios
extraordinarios en los distintos servicios a cargo de la Dirección de
Sanidad Animal que estarán sujetos al pago de las sumas que el mismo
detalla, las que serán de cargo de los interesados;

II) Existen servicios prestados por la Dirección de Sanidad Animal que no
se encuentran completados por la norma citada.

 Considerando: I) Procedente, incorporar al decreto 641/989, de 29 de
diciembre de 1989, distintos servicios a cargo de la Dirección de Sanidad
Animal que no se encuentran previstos en el mismo.

 Atento: a lo establecio en el artículo 11 de la ley 3.606, de 13 de abril
de 1910, en redacción dada por el Artículo 1º de la ley 3.940 de 9 de
enero de 1912,

                 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 641/989 de 29/12/1989 
artículo 2 numerales 6º) y 7º) inciso 1º).

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 641/989 de 29/12/1989 artículo 2 
numeral 9º).

Artículo 3

 Comuníquese, etc.-

LACALLE HERRERA - PEDRO SARAVIA - GUSTAVO LICANDRO
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