PROGRAMA II:
ATRIBUCIONES DE CONTROL Y SUPERVISIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL HIPÓDROMO
NACIONAL DE MAROÑAS; DE PROMOCIÓN Y SUPERVISIÓN DE HIPÓDROMOS RECONOCIDOS
POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CASINOS Y DE LA ACTIVIDAD HÍPICA NACIONAL
Artículo 46
El fondo constituido por la Dirección General de Casinos en el ejercicio
2012 de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 48 del Decreto 491/2011, de
30 de diciembre de 2011, se ajusta en el presente y sucesivos ejercicios,
hasta la cifra equivalente al 10% de la sumatoria de las utilidades brutas
generadas por las Salas de Esparcimiento "El Día", "Montevideo Shopping",
"Las Piedras", "Gèant" y "Nueva Sala Pando", enmarcados en el Sistema
Mixto de Explotación de Complejos Turísticos, Comerciales, Deportivos y/o
Culturales.
Dicho fondo financiará, los premios hípicos, por marcador rentado, las
partidas por concepto de marcador no rentado y sus complementos y la
asistencia a la operación de los tres Hipódromos del interior del país
reconocidos por la Dirección General de Casinos, (Melo, Colonia y
Paysandú) de acuerdo a los convenios vigentes.