REGLAMENTACION DEL ART. 20 DE LA LEY 10.808 RELATIVO A LA INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CUERPO AUXILIAR DEL COMANDO GENERAL DE LA ARMADA




Promulgación: 17/01/1984
Publicación: 16/03/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 140
Reglamentario/a de: Ley Nº 10.808 de 16/10/1946 artículo 20.

Artículo 4

   Dicha Junta estará integrada por el señor Jefe del Estado Mayor General
de la Armada, quien lo presidirá; el señor Jefe de la Primera División del
Estado Mayor General de la Armada y un Delegado de la Dirección General de
la Enseñanza Naval y Dirección General de los Servicios con jerarquía de
Oficial Superior.
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