FIJACION DE SUELDOS BASICOS DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE MALDONADO




Promulgación: 30/01/1985
Publicación: 01/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 555

Artículo 11

  Los funcionarios músicos presupuestados que pierdan las condiciones
físicas o técnicas que les permiten el ejercicio de su arte, serán
incorporados a la carrera administrativa en el último grado ocupado,
manteniendo subrogación al grado de su anterior cargo a efectos de no
disminuir su remuneración.
 La pérdida de la aptitud para el desempeño del cargo será determinada
por un Tribunal integrado por tres músicos de reconocida solvencia en la
materia, uno designado por el Intendente y dos por el Servicio Oficial de
Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE).
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