FIJACION DE SUELDOS BASICOS DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE MALDONADO




Promulgación: 30/01/1985
Publicación: 01/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 555

Artículo 3

  La racionalización y unificación de remuneraciones resultante de la
nueva Tabla de Sueldos no podrá implicar aumentos o disminuciones de las
remuneraciones vigentes. El exceso de remuneración respecto a los nuevos
sueldos básicos queda incorporado al sueldo básico de cada funcionario,
recibirá aumentos en el mismo porcentaje que ellos y se absorberá, en
ocasión de ascensos en un monto equivalente al 50% (cincuenta por ciento)
del aumento resultante.
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