Los funcionarios pertenecientes a la planilla Técnico Profesional,
Categoría "A" y "B" pasarán automáticamente de grado al cumplir los años
requeridos en el artículo anterior. De existir vacantes serán promovidas
a las mismas y en caso contrario se les otorgará un complemento de
sueldo, igual a la diferencia resultante entre el del cargo que es
titular y el inmediato superior en su escalafón.