APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE PLUNA. EJERCICIO 1985




Promulgación: 21/05/1986
Publicación: 12/08/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 26

   Los funcionarios de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea recibirán como prima por alimentación la cantidad de N$ 600,00 por los meses de enero a junio de 1985, N$ 3.500,00 por los meses de julio a octubre de 1985 y N$ 4.130,00 por los meses de noviembre y diciembre de 1985.
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