PRORROGA A LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS LA APLICACION DE LO DISPUESTO EN EL ART. 32 DEL DECRETO 117/021, POR EL PERIODO DE CIERRE DE LOS ESTABLECIMIENTOS, SIEMPRE QUE DICHO ORGANISMO TUVIERA DISPONIBILIDAD FINANCIERA PARA ATENDER LA EROGACION RESULTANTE DE LA REPARACIÓN INDEMNIZATORIA




Promulgación: 26/08/2021
Publicación: 01/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 5

   Comuníquese y pase a la Dirección General de Casinos a sus efectos.
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