REGLAMENTACION DE LAS CONDICIONES Y REQUISITOS PARA EL REGISTRO ANTE EL MTSS DE LA PLANILLA DE CONTROL DE TRABAJO DE EMPLEADORES INCLUIDOS EN EL AMBITO DE LAS CAJAS BANCARIA, NOTARAL Y DE PROFESIONALES
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
El empleador referido en el artículo 1° del presente Decreto deberá registrar Planilla de Control de Trabajo ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por los trabajadores a que refiere el artículo anterior.