FIJACION DE UN AJUSTE EN EL SISTEMA DE CONTROL EN EL EJERCICIO DE LA DEFENSORIA DE OFICIO EN LO CRIMINAL




Promulgación: 23/05/1978
Publicación: 31/05/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 950

Artículo 5

 La Defensa de Oficio en el interior de la República es una carga pública
anexa a la profesión forense de quien ejercita aquélla.

 La falta profesional emergente de la ausencia de cabal cumplimiento de la
aludida carga será juzgada disciplinariamente por el órgano competente
para hacerlo.
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