MODIFICACION PRESUPUESTAL DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE MALDONADO. EJERCICIO 1983




Promulgación: 11/07/1984
Publicación: 24/08/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 78
  Visto: la gestión de la Administración Municipal de Maldonado por la
cual se propone una Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1983.

  Resultando: I) Que la misma consiste en una adecuación de los Rubros de
Gastos, dado que se ha presentado casi a la finalización del ejercicio y
dado además que los aumentos de recurso necesarios para su financiación,
ya han sido aprobados por decreto 356/983, de 20 de setiembre de 1983;

  II) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ha dado
su aprobación a estas ampliaciones presupuestales con la sugerencia de que
en materias de Inversiones se aprueben las modificaciones al decreto
81/983, de 11 de marzo de 1983, solicitada por la Comuna y con la
observación de que para el futuro la Comuna tenga presente la necesidad de
presentar sus adecuaciones presupuestales con antelación y en forma previa
a la ejecución de sus gastos;

  III) Que el Tribunal de Cuentas en acuerdo de fecha 8 de junio de 1984,
ha emitido su dictamen constitucional expresando que no tiene
observaciones que formular al Proyecto de Modificación Presupuestal de la
Administración Municipal de Maldonado para el Ejercicio 1983, con la
indicación de que debe tenerse presente: a) que el proyecto entrará en
vigencia una vez vencido el ejercicio para el cual fue proyectado por lo
que los montos proyectados para el presupuesto operativo constituirán para
el futuro nuevas partidas presupuestales, conforme a lo dispuesto por el
artículo 228 de la Constitución de la República; y b) que el presupuesto
por su propia naturaleza debe aprobarse antes de iniciar el ejercicio, por
lo que, teniendo en cuenta la fecha de la presente resolución, se trata en
el caso de una regularización presupuestal.

  Considerando: I) Que la Intendencia deberá en el futuro solicitar
oportunamente la ampliación de los créditos correspondientes, previo a la
ejecución de las gastos, y tener presente la actual política aplicada, a
nivel nacional de contención del gasto público y en virtud del criterio de
compatibilidad en la normativa nacional y municipal, establecido por el
Decreto Constitucional Nº 3, de 1º de setiembre de 1976;

  II) Que si bien la ampliación en materia de Inversiones, no se ha
tramitado dentro del plazo previsto por el artículo 16 del decreto 81/983,
citado y dado que se consideran razonables los ajustes introducidos al
Plan de Obras de la Intendencia en base a que se cuenta con el
financiamiento necesario, no existen inconvenientes para decretar su
aprobación;

  III) Que en materia de Retribuciones Personales no se ha incluido el
crédito correspondiente a los cargos vacantes y dado que se trata de un
ejercicio vencido carece de sentido la adecuación del rubro sin perjuicio
de los cual la Intendencia en el futuro deberá aplicar las normas, que
rigen en la materia por los mismos fundamentos señalados en el
Considerando I de este decreto;

  IV) Que el presupuesto se encuentra equilibrado en ingresos y egresos
por lo que de no obtenerse los recursos previstos deberán abatirse gastos
a efectos de mantener el equilibrio presupuestal;

  V) Que el Proyecto de Modificación Presupuestal entrará en vigencia una
vez vencido el ejercicio para el cual fue proyectado por lo cual las
observaciones realizadas por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y el Tribunal de Cuentas de la República deberían ser tenidas en
cuenta para el futuro;

  VI) Que se procedió de acuerdo al Decreto Constitucional Nº 3, artículo
5º de 1º de setiembre de 1976.

  Atento: a lo expresado precedentemente y a lo informado por las
Asesorías Económico Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas,

                   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

  Apruébase la Modificación Presupuestal propuesta para el Ejercicio 1983,
por la Administración Municipal de Maldonado (Intendencia y Junta de
Vecinos) cuyos montos quedan fijados en N$ 458:597.000.00 (nuevos pesos
cuatrocientos cincuenta y ocho millones quinientos noventa y siete mil).
Los mismos presentarán la siguiente composición:

I) EGRESOS (en miles de N$)

Funcionamiento                          Vigente             Proyectado

Retribuciones Personales                105.301                119.107
Beneficios y Cargos Sociales             23.078                 24.776
Gastos                                   67.541                167.770
Total Operativo                         195.920                311.653
Inversiones                             163.000                146.144
Junta de Vecinos                            800                    800
Total General                           359.720                458.597

II) INGRESOS (en miles de N$)

1.- Impuestos
Contribución Inmobiliaria Rural           2.800                  3.000
Contribución Inmobiliaria Urbana                               160.000
Patente de Rodados                       34.000                 46.000
Impuesto Espectáculos Públicos            4.500                  4.500
Otros Impuestos                           5.600                  8.900

2.- Tasas
Administrativas                          10.000                 11.000
Por Servicios Remunerados                37.800                 46.210
Por Seguridad y Protección                 5.900                  5.750
Por Higiene y Salud                      17.290                 13.815

3.- Precios                              16.330                 12.430

4.- Contribuciones por Mejoras           23.000                 46.000

5.- Multas                                  450                    800

6.- Recursos Extraordinarios             15.000                 66.000

7.- Endeudamiento (Préstamo BROU)         5.000                   ---

8.- De Origen Nacional
Porcentaje Casinos del Estado            60.000                 30.000
Impuesto a la nafta                          50                     50
FIMTOP                                     ---                   4.142
Total General                           359.720                458.597

Artículo 2

  Amplíase en N$ 42:988.000.00 (nuevos pesos cuarenta y dos millones
novecientos ochenta y ocho mil) las asignaciones presupuestales de
diversos proyectos del Plan de Inversiones Públicas 1983 del Inciso 88 -
Intendencia Municipal de Maldonado - según el siguiente detalle.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 280/984 de 
11/07/1984.

Artículo 3

   De no obtenerse los recursos previstos deberán abatirse los gastos a
efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

Artículo 4

   La Administración Municipal de Maldonado deberá tener presente las
observaciones formuladas por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y el Tribunal de Cuentas.

Artículo 5

   La Intendencia Municipal de Maldonado mientras existan las vacantes
presupuestales, deberá preveer el crédito correspondiente, ya que dichas
vacantes no pueden dar lugar a economías previas en los créditos por su no
provisión, sino tan solo por su supresión.

Artículo 6

  Comuníquese, publíquese, etc.

ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JULIO CESAR RAPELA
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