Las garantías podrán constituirse de la siguiente forma:
a) fianza o aval bancario, de un Banco de Plaza.
b) efectivo en dólares americanos, al tipo de cambio interbancario
comprador del día anterior al de presentación de la garantía, en la
Tesorería de la Dirección Nacional de Comunicaciones.
c) Póliza del Banco de Seguros del Estado.