Precios por utilización de aeropuerto público.- Por la utilización del
Aeropuerto Internacional de Carrasco como lugar de prestación o
autoprestación de los servicios regulados en el presente Decreto, todos
los titulares de un HAPSAT pagarán a la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica, directamente o por medio de la
Dirección General de Infraestructura Aeronáutica, según la primera
disponga, los precios siguientes, por aeronave:
a) Aeronaves de transporte de pasajeros o pasajeros y carga.
AERONAVES TRANSITO TERMINAL
Hasta 10 asientos 0 0
De 11 a 30 asientos UR 1 UR 1,5
De 31 a 90 asientos UR 2 UR 2,5
De 11 asientos a 150 UR 3 UR 4
De 151 asientos a 250 UR 6 UR 8
De 251 asientos en UR 9 UR 10
adelante
b) Aeronaves de carga pura.
AERONAVE TRANSITO TERMINAL
Hasta peso máximo de 0 0
despegue de 5.700 kgs.
Hasta tipo B-737, B-727 UR 4 UR 4,5
O similar
B-767, DC-8 o similar UR 5 UR 6
DC-10, MD 11, B-747, UR 7,5 UR 9
A-340 o similar
El pago de los referidos precios es sin perjuicio del que corresponda por
el régimen general de arrendamiento, concesión, u otro tipo de régimen de
uso de los predios o edificios aeroportuarios.