Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Establécese que el traslado a precios de los aumentos salariales,
determinados por el presente decreto, en ningún caso podrá ser mayor a
los que nos incide 22% de los salarios al 1° marzo de 1985 en la
estructura de costos de cada empresa.