REGULACION DE LA OCUPACION POR PARTE DE TRABAJADORES DE UNA DEPENDENCIA PUBLICA, CUALQUIERA SEA LA NATURALEZA JURIDICA DE ESTA, O DE UNA EMPRESA O INSTITUCION PRIVADA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 4
Todas las notificaciones necesarias a efectos del cumplimiento de las instancias previstas en este Decreto se realizarán en la persona de la organización representativa de los trabajadores o por cedulón genérico fijado en la puerta del establecimiento ocupado.