EXCEPCION DEL REGIMEN DE TOPES SALARIALES PARA DETERMINADOS FUNCIONARIOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS. TAREAS DE MAYOR RESPONSABILIDAD O ESPECIALIZACION
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 425/003, de 29 de octubre de
2003.-
RESULTANDO: I) que por el referido Decreto, se exceptuaron de la
limitación establecida en el artículo 105º del Decreto-Ley Especial Nº 7,
de 23 de diciembre de 1983, a las retribuciones de algunos funcionarios
de la Dirección Nacional de Aduanas.-
II) que no se especificó que las funciones de Directores y
Administradores quedaban comprendidas en lo que se califica como "Tareas
de Mayor Responsabilidad o Especialización".-
III) que el aumento en la recaudación ha determinado que, por el
incremento en la distribución del excedente de "Servicios
Extraordinarios" establecido en la norma, los grados más altos de los
respectivos escalafones perciban, cualquiera sea la función asignada,
idéntica retribución (como consecuencia del tope común).-
CONSIDERANDO: que corresponde sustituir el artículo 1º del referido
Decreto, a efectos de poder diferenciar los niveles retributivos de los
funcionarios con mayor desempeño y mayor responsabilidad.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 425/003 de 29/10/2003
artículo 1.