REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.294 Y LEY 19.172, EN LO RELATIVO A LA REGULACION Y CONTROL DE OPERACIONES LOGISTICAS CON PRODUCTOS DE CANNABIS MEDICINAL TERAPEUTICO EN DEPOSITOS ADUANEROS
(Simplificación de trámites)
El Ministerio de Salud Pública y el Instituto de Regulación y Control del Cannabis velarán por la simplificación y sencillez de los trámites regulados por este Decreto y de la documentación a ser presentada a estos efectos, procurando implementar mecanismos simplificados de validación de documentos extranjeros.
Las licencias que sean emitidas por otras jurisdicciones con las formalidades aprobadas por la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (sistema I2ES, o cualquiera que lo sustituya en el futuro) serán aceptadas por la República sin necesidad de legalización, traducción o apostilla.