AUTORIZACION A LA ARMADA NACIONAL A ADQUIRIR EN FORMA DIRECTA UN BUQUE TANQUE PETROLERO




Promulgación: 24/05/1977
Publicación: 21/06/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 983

Artículo 6

   El Banco Central del Uruguay a sus respectivos vencimientos, otorgará
las divisas correspondientes para atender la cancelación de las
obligaciones emergentes en moneda extranjera, por los montos vencidos, no
cubiertos por la explotación del buque.
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