Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de $ 11 por dólar.
Las partidas en moneda nacional están expresadas a precios promedio del
período enero-junio de 1999.
Los ingresos presupuestados en unidades reajustables están expresados a
cotización promedio de la U.R. del período enero-junio 1999.
Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales
de los rubros de gastos e inversiones se realizará ajustando los
duodécimos de cada rubro para el período que resta hasta el fin del
ejercicio de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales
a precios promedio corriente del año. Dichos ajustes se realizarán en
función de la variación estimada del I.P.C. y del tipo de cambio promedio
para dicho período que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
comunicará a las Empresas Comerciales, Industriales y Financieras del
Estado, en un plazo no mayor de 15 días a partir de la vigencia del
aumento salarial.
Los Directorios a su vez, en un plazo no mayor de 30 días deberán elevar a
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la adecuación de su Presupuesto
a efectos de proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo
regirán las partidas adecuadas, las que serán comunicadas por las
empresas al Tribunal de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para
su conocimiento.