El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 40
COMPENSACIÓN INSPECTORES PRESTACIONES. Facúltase al Banco de Previsión Social a establecer una compensación a los funcionarios que cumplen funciones de inspectores en la sección Inspecciones dependiente de la Dirección Técnica de Prestaciones u oficinas dependientes.
a) A Inspectores, de $ 22.233 (pesos veintidós mil doscientos treinta y
tres) por mes por tareas externas.
b) A Jefes y Gerente de Sector, de $ 31.686 (pesos treinta y un mil
seiscientos ochenta y seis) por mes por la planificación de campo,
selección de muestras y su consecuente reflejo en compromisos de
resultados.