APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE BPS. EJERCICIO 2025




Promulgación: 10/12/2025
Publicación: 09/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 6

   RETRIBUCIONES SECRETARIO GENERAL, GERENTE GENERAL Y DIRECTORES TÉCNICOS. Las retribuciones del Secretario General y del Gerente General del Banco de Previsión Social serán iguales, con un monto básico de $ 487.868 (pesos cuatrocientos ochenta y siete mil, ochocientos sesenta y ocho), a valores enero 2025. El sueldo básico de Director Técnico será el 95 % del sueldo básico antedicho. A las mencionadas remuneraciones sólo podrán acumularse el Sueldo Anual Complementario, los Beneficios Familiares, la Prima por Antigüedad y el Sistema de Remuneración Variable en caso de corresponder. Atento a que las remuneraciones de los funcionarios cualquiera sea su naturaleza se encuentran limitadas por el artículo 21 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002 modificado por el artículo 10° de la Ley N° 19.438, de 14 de octubre de 2016, Decreto N° 20/024, de 24 de enero de 2024, el artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012 y el artículo 510 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022; se faculta al Banco de Previsión Social a adoptar los mecanismos de ajuste necesarios para la aplicación del tope establecido.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 80 (vigencia).
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