DONACION DE ORGANOS Y TEJIDOS CON FINES CIENTIFICOS Y TERAPEUTICOS




Promulgación: 01/08/1995
Publicación: 11/08/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 128
Referencias a toda la norma

Artículo 8

    Las instituciones asistenciales de los departamentos de Montevideo
Florida y Rivera tendrán un plazo de 90 días para la presentación del
primer certificado a que refieren los artículos precedentes.
 El Banco Nacional de Organos y Tejidos comunicará con 90 días de
antelación a las instituciones de los restantes Departamentos del interior
del país, la fecha de exigencia del certificado referido.
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