APROBACION DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTALES DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE PLUNA. EJERCICIO 1996




Promulgación: 13/08/1997
Publicación: 29/08/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 369
Referencias a toda la norma

Artículo 10

La remuneración del personal del Escalafón Técnico Profesional se regirá
por la siguiente escala:

Categoría "A" (Ingenieros, Contadores, Economistas, Abogados y Médicos):
GRADO 8:Con más de 30 años de permanencia en el cargo profesional $ 8.256.
GRADO 7:Con más de 25 años de permanencia en el cargo profesional $ 7.614.
GRADO 6:Con más de 20 años de permanencia en el cargo profesional $ 6.974.
GRADO 5:Con más de 16 años de permanencia en el cargo profesional $ 6.079.
GRADO 4:Con más de 12 años de permanencia en el cargo profesional $ 5.503.
GRADO 3:Con más de 8 años de permanencia en el cargo profesional $ 5.311.
GRADO 2:Con más de 4 años de permanencia en el cargo profesional $ 5.055.
GRADO 1:Sueldo de ingreso para todas las profesiones $ 4.756.

Categoría "B" (Procuradores, Ayudantes de Ingeniero, Técnicos en
Administración, Sociólogos y Practicantes de Medicina):
GRADO 3:Con más de 8 años de permanencia en el cargo profesional $ 4.756.
GRADO 2:Con más de 4 años de permanencia en el cargo profesional $ 4.590.
GRADO 1:Sueldo de ingreso para todas las profesiones $ 4.486. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 11.
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