APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (ANV). EJERCICIO 2025




Promulgación: 10/12/2025
Publicación: 12/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

   FUNCIONARIOS POR ESCALAFONES Y SUS GRADOS
   La dotación de la estructura orgánica funcional de la Agencia Nacional de Vivienda al 31 de diciembre de 2024 es de 432 funcionarios, la que se corresponde con la estructura organizacional de la Agencia Nacional de Vivienda que se distribuye de la siguiente manera:

GRADOS
CANTIDAD
P
Miembro del Directorio
---
3
Q
Gerente General
---
1
Asesor Letrado
---
1
Asesor en Comunicación
---
1
Secretario General
---
1
CO.3C
Gerente de Área
19 - 20
5
CO.3B
Gerente de División
18 - 19
13
CO.3A
Jefe de Departamento
17 - 18
20
CO.2C
Supervisor Profesional
16
3
CO.2B
Coordinador Regional de Sucursales
14 - 17
2
CO.2A
Gerente de Sucursal
13 - 16
19
CO.1C
Supervisor de Tareas No Rutinarias
11 - 12
1
CO.1B
Supervisor Administrativo
10 - 16
39
CO.1A
Supervisor
9 - 10
0
PC.2
Profesional Científico Superior
12 - 16
95
PC.1
Profesional Científico
10 - 14
22
EP.3
Especialista Profesional Superior
8 - 12
26
EP.2
Especialista Profesional Técnico
5 - 9
15
AD.3
Analista Administrativo
5 - 9
26
AD.2
Administrativo
3 - 7
54
AD.1
Auxiliar Administrativo
2 - 4
85
OP.2
Oficial Práctico
2 - 7
0
TOTAL
432
Los cargos correspondientes al escalafón CO 3 "Alta Conducción" del Escalafón de Conducción no provistos, se corresponden con cargos presupuestales Grado 17 con funciones equivalentes a los Grados 18, 19 o 20, según se establece en el presente artículo. El corrimiento de grados dentro de los escalafones, en función de los mínimos y máximos fijados en el cuadro precedente, se hará de acuerdo al Reglamento aprobado por la Agencia Nacional de Vivienda. Dicha estructura no coincide con los créditos del Grupo 0 "Servicios Personales" hasta tanto se produzca el concurso al padrón de la Agencia Nacional de Vivienda o cese del listado de personal de la Ley N°18.125, de 27 de abril de 2007.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 56 (vigencia).
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