REGLAMENTACION DEL ART. 25 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA JEFATURA DE POLICIA DE CANELONES




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 14/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 25.
Ver: Decreto Nº 34/022 de 20/01/2022 artículo 1 (sustituye la denominación 
"Divisiones Territoriales" por "Zonas Operacionales").

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA JEFATURA DE POLICÍA DE CANELONES
CAPÍTULO II REPARTICIONES
SECCIÓN CUARTA DE LA DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN TÁCTICA

Artículo 19

   La Dirección de Información Táctica estará a cargo de un Oficial Jefe perteneciente al subescalafón ejecutivo. Contará con un Sub Director quien lo secundará ante licencia, enfermedad o vacancia temporal del cargo.
   Dicha Dirección tendrá los siguientes cometidos:

   a.- Asesorar al comando y autoridades sobre líneas de acción a seguir, con la finalidad de desarrollar acciones preventivas que eviten la comisión de ilícitos o en su caso la represión inmediata de los delitos considerados graves y/o violentos.
   b.- Producir información que sustente las operaciones de carácter ordinario o extraordinario en las Unidades de Seguridad, Respuesta e Investigaciones de todas las dependencias de la Jefatura.
   c.- Emitir los informes estadísticos que se obtienen a través del Sistema de Gestión de Seguridad Pública (S.G.S.P.) diario, semanal, mensual y anual, etc; así como también los análisis de georreferenciación de los delitos, señalando los puntos y zonas críticas a todos los niveles de mandos operativos en su jurisdicción.
   d.- Auditar y realizar el control de calidad de los registros de los diferentes eventos de seguridad que realicen las dependencias operativas de la Jefatura.
   e.- Coordinar y realizar investigaciones sensibles dispuestas por el comando contra individuos o grupos criminales cuya naturaleza exceda los esfuerzos de las áreas correspondientes a las Jefaturas Operacionales por su jurisdicción y por los recursos que éstas dispongan.
   f.- Apoyar con recursos tecnológicos y capacidades técnicas las acciones operativas de todas las dependencias de la unidad ejecutora.
   g.- Efectuar controles acorde a las disposiciones vigentes sobre:
   - población flotante,
   - trabajo sexual,
   - espectáculos públicos,
   - comercios de compra y venta, y
   - autopartes.
   h.- Ser enlace con las siguientes Direcciones Nacionales:
   - Dirección General de Información e Inteligencia Policial
   - Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e INTERPOL
   - Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas- Dirección Nacional de Migración,
   - Dirección Nacional de Policía Científica,
   - Dirección Nacional de Bomberos,
   - Dirección General de Fiscalización de Empresas, cuyo objeto sea la seguridad privada,
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