REGLAMENTACION DEL ART. 25 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA JEFATURA DE POLICIA DE CANELONES




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 14/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 25.
Ver: Decreto Nº 34/022 de 20/01/2022 artículo 1 (sustituye la denominación 
"Divisiones Territoriales" por "Zonas Operacionales").

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA JEFATURA DE POLICÍA DE CANELONES
CAPÍTULO II REPARTICIONES
SECCIÓN DÉCIMA PRIMERA DE LA OFICINA DEPARTAMENTAL DE POLICÍA COMUNITARIA

Artículo 43

   La Oficina Departamental de Policía Comunitaria, estará a cargo de un Oficial Jefe del subescalafón ejecutivo. Contará con un segundo Jefe, quien lo secundará en el mando, subrogándolo en caso de licencia, enfermedad o vacancia temporal del cargo.
   Dependerá de la Sub Jefatura de Policía y tendrá los siguientes cometidos:

   a.- Diseñar con apoyo de un profesional psicólogo que posea especialmente formación en psicología laboral, el perfil del cargo para el policía comunitario de acuerdo a los lineamientos dispuestos por la Oficina Nacional de Policía Comunitaria del Ministerio del interior,
   b.- Diseñar, planificar y organizar la Capacitación del personal, la que deberá ser permanente,
   c.- Confeccionar y proponer para su implementación propuestas y proyectos de trabajo Comunitario a Nivel Departamental,
   d.- Participar de la planificación y organización de los cursos impartidos a la comunidad en las respectivas Escuelas de Seguridad Ciudadana, relacionados con aspectos inherentes a la función del Policía Comunitaria,
   e.- Brindar asesoramiento técnico en todos aquellos aspectos de su competencia,
   f.- Establecer mecanismos de coordinación departamental,
   g.- Evaluar en forma continua las actividades desarrolladas por los policías comunitarios por medio de indicadores, y
   h.- Auditar la actuación del policía comunitario, mediante la implementación de una encuesta vecinal en el radio donde éste se desempeña para recibir información de boca del ciudadano del comportamiento, actuación y aceptación del policía asignado al mismo.
Ayuda