Visto: el Proyecto de Reestructura y Racionalización Administrativa de
los Programas 1.01, 1.02, 1.03, 1.09 y 1.10 del Inciso 2 "Presidencia de
la República" elevado a consideración del Poder Ejecutivo.
Resultando: I) Que dicho Inciso envió en plazo el proyecto de
Reestructura de sus Servicios;
II) Que la Comisión a que se refiere el artículo 2º de la ley 14.800
aconsejó al Ministro de Economía y Finanzas y al Secretario de SEPLACODI
su aprobación por el Poder Ejecutivo.
Considerando: que el Proyecto de referencia no produce lesión de
derechos funcionales y la partida utilizada no supera el tope legal.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 2º de la ley 14.800 de 20 de
junio de 1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
El Programa 1.02 del Inciso 2 "Presidencia de la República" pasará a
denominarse: "Seguridad, Protocolo, Mantenimiento y Comunicaciones de la
Presidencia de la República", Unidad Ejecutora Casa Militar.
Los Programas 1.03 y 1.04 del Inciso 2 "Presidencia de la República"
se fusionan en un solo programa que pasará a denominarse: Programa 1.03,
"Asesoramiento, Coordinación y Contralor en Programación Económico-Social
y en Presupuestos". Unidad Ejecutora Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión, cuyos créditos presupuestales pasarán a ser los
de los Programas que se fusionan con las modificaciones y trasposiciones
que se hubieren operado a la fecha de publicación de este decreto.
Apruébase la Reestructura Presupuestal y Racionalización Administrativa
de los Programas 1.01 "Determinación y Aplicación de la Política de
Gobierno": 1.02 "Seguridad, Protocolo, Mantenimiento y Comunicaciones de
la Presidencia de la República"; 1.03 "Asesoramiento Coordinación y
Contralor en Programación Económico-Social y en Presupuestos"; 1.09
"Dirección Nacional de Relaciones Públicas" y 1.10 "Elaboración,
Supervisión y Coordinación de las Estadísticas Nacionales" del Inciso 2
"Presidencia de la República" en cuyo proyecto se encuentran incluidos los
antecedentes respectivos.
Los cargos presupuestales de los referidos Programas pasarán
a ser los siguientes:
Programa 1.01: "Determinación y Aplicación de la Política de
Gobierno"
Unidad Ejecutora: Presidencia de la república y Oficinas Dependientes.
Nº
Cargos Denominación Esc. Grado
---------------------------------------------------------------
1 Presidente de la República......... Cj
1 Secretario de la Presidencia....... Cj
1 Prosecretario de la Presidencia.... Cj
1 Director de División Contador...... AaA E7
1 Director de Asesoría Abogado....... AaA E7
1 Subdirector de División Contador... AaA E5
1 Asesor I Abogado................... AaA E5
1 Técnico I (al vacar Técnico I
Contador).......................... AaA E3
1 Técnico III Contador............... AaA E1
1 Técnico I Bibliotecólogo........... AaB E3
2 Técnico II Bibliotecólogo.......... AaA E2
3 Director de División............... Ab
2 Subdirector de División............ Ab E6
8 Jefe de Departamento............... Ab E4
10 Jefe de Sección.................... Ab E3
8 Subjefe de Sección................. Ab E2
12 Administrativo I................... Ab E1
11 Administrativo II.................. Ab 12
8 Administrativo III................. Ab 11
6 Administrativo IV.................. Ab 9
6 Especialista I Taquígrafo.......... AcC E3
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86
Programa 1.02: "Seguridad, Protocolo, Mantenimiento y
Comunicaciones de la Presidencia de la República"
Unidad Ejecutora 02: Casa Militar.
Nº
Cargos Denominación Esc. Grado
---------------------------------------------------------------
1 Director de División Arquitecto.... AaA E5
1 Director de Departamento Médico.... AaA E5
2 Técnico III Médico................. AaA E1
1 Técnico IV Procurador.............. AaB 04
1 Director de División............... Ab
2 Subdirector de División............ Ab E6
5 Director de Departamento........... Ab E4
4 Jefe de Departamento............... Ab E3
5 Jefe de Sección.................... Ab E2
7 Administrativo I................... Ab E1
5 Administrativo II.................. Ab 12
5 Administrativo III................. Ab 11
2 Administrativo IV.................. Ab 09
2 Administrativo VI.................. Ab 08
1 Director de Departamento Electrónico AcB E4
3 Jefe de Departamento Electrónico... AcB E3
2 Jefe de Sección Electrónico........ AcB E2
1 Jefe de Sección Radiotécnico....... AcB E2
4 Oficial I Electrónico.............. AcB E1
1 Oficial I Radiotécnico............. AcB E1
1 Oficial III Mecánico............... AcB 11
1 Oficial III Peluquero.............. AcB 11
1 Oficial IV Engrasador.............. AcB 10
1 Director Telegrafista.............. AcC
1 Subdirector de División
Telegrafista....................... AcC E6
1 Subdirector de División
Especialización.................... AcC E6
1 Jefe de Departamento
Especialización.................... AcC E3
1 Jefe de Departamento Fotografía
(al vacar Jefe de Sección
Fotografía AcC E2)................. AcC E3
1 Jefe de Departamento Telegrafista.. AcC E3
1 Jefe de Departamento Radiotelefonía AcC E3
5 Jefe de Sección Telegrafista....... AcC E2
2 Jefe de Sección Especialización.... AcC E2
2 Especialista I Fotografía.......... AcC E2
8 Especialista II Radiotelefonista... AcC E1
2 Especialista II Secretariado....... AcC E1
2 Especialista III Telegrafista...... AcC E1
1 Especialista II Dibujo............. AcC E1
1 Especialista VII Telegrafista...... AcC 08
1 Jefe de Departamento............... Ad E6
1 Subjefe de Departamento............ Ad E5
3 Intendente........................ Ad E4
3 Subintendente..................... Ad E3
37 Encargado I....................... Ad E2
16 Auxiliar I......................... Ad E1
20 Auxiliar II........................ Ad 07
16 Auxiliar III....................... Ad 05
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185
Programa 1.06: "Asesoramiento, Coordinación y Contralor en
Programación Económico-Social y en Presupuesto"
Unidad Ejecutora: Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión.
Nº
Cargos Denominación Esc. Grado
---------------------------------------------------------------
1 Secretario......................... Cj
1 Prosecretario...................... Cj
En régimen de contratación
Denominación Esc. Grado
----------------------------------------------------------------
Director de División............... AaA E7
Subdirector de División............ AaA E5
Jefe de Departamento............... AaA E4
Jefe de Sector..................... AaA E3
Técnico I.......................... AaA E2
Técnico II......................... AaA E1
Técnico Ayudante................... AaB 06
Analista I......................... AaB 04
Analista II........................ AaB 03
Director Administrativo............ Ab E5
Jefe Administrativo I.............. Ab E2
Jefe Administrativo II............. Ab E1
Administrativo I................... Ab 12
Administrativo II.................. Ab 10
Administrativo III................. Ab 08
Administrativo IV.................. Ab 06
Secretario I....................... Ab E2
Secretario II...................... Ab E1
Jefe de Servicio................... Ad E2
Ayudante I......................... Ad 07
Ayudante II........................ Ad 06
Ayudante III....................... Ad 04
Ayudante IV........................ Ad 03
Programa 1.09: "Dirección Nacional de Relaciones Públicas"
Unidad Ejecutora: Dirección Nacional de Relaciones Públicas.
Nº
Cargos Denominación Esc. Grado
---------------------------------------------------------------
1 Presidente......................... Cj
2 Miembro............................ Cj
1 Administrativo I................... Ab 05
Programa 1.10: "Elaboración, Supervisión y Coordinación de las
Estadísticas Nacionales"
Unidad Ejecutora: Dirección General de Estadística y Censos.
Nº
Cargos Denominación Esc. Grado
---------------------------------------------------------------
1 Director General................... AaA
En régimen de contratación:
Denominación Esc. Grado
---------------------------------------------------------------
Subdirector........................ AaA E6
Director de División............... AaA E3
Subdirector de División............ AaA E1
Técnico I.......................... AaA 6
Técnico II......................... AaA 5
Técnico III........................ AaA 4
Ayudante Técnico I................. AaB 3
Ayudante Técnico II................ AaB 2
Ayudante Técnico III............... AaB 1
Director de División............... Ab E3
Subdirector de División............ Ab E1
Jefe de Departamento............... Ab 12
Subjefe de Departamento............ Ab 11
Jefe de Sección.................... Ab 10
Subjefe de Sección................. Ab 9
Administrativo I................... Ab 8
Administrativo II.................. Ab 7
Administrativo III................. Ab 6
Administrativo IV.................. Ab 5
Administrativo V................... Ab 4
Administrativo VI.................. Ab 3
Director de División............... AcC E3
Subdirector de División............ AcC E1
Jefe de Departamento............... AcC 12
Subjefe de Departamento............ AcC 11
Jefe de Sección.................... AcC 10
Subjefe de Sección................. AcC 9
Especialista I..................... AcC 8
Especialista II.................... AcC 7
Intendente......................... Ad E2
Subintendente...................... Ad E1
Auxiliar I......................... Ad 7
Auxiliar II........................ Ad 6
Auxiliar III....................... Ad 5
Auxiliar IV........................ Ad 4
Auxiliar V......................... Ad 3
Las asignaciones de los cargos aprobados en esta reestructura, serán
determinadas por la Contaduría General de la Nación en función de las
retribuciones que correspondan a la fecha de su vigencia.
La aplicación de lo dispuesto precedentemente no puede significar
disminución de las actuales remuneraciones de los funcionarios de las
citadas Unidades Ejecutoras.
La presente reestructura tendrá vigencia desde el día 1º de abril de
1979, debiéndose efectuar las regularizaciones a que ella obligue, dentro
de los sesenta días a contar desde su vigencia.
Tales regularizaciones regirán desde la fecha de vigencia de la
reestructura.
La planilla de cargos, que forma parte de esta reestructura será
ajustada al padrón existente a la fecha de vigencia de la misma de acuerdo
con las supresiones de cargos operadas por pase a disponibilidad simple y
por redistribución, así como por incorporaciones de cargos.
La Contaduría General de la Nación, según los antecedentes adjuntos,
ajustará los créditos presupuestales del Rubro 0, necesarios para la
aplicación de la presente reestructura.
Los funcionarios presupuestados de la Dirección General de Estadística
y Censos, Programa 1.10 del Inciso 2 "Presidencia de la República" deberán
optar dentro del plazo de 30 días de publicación del presente decreto,
entre continuar revistando en los cargos que ocupan o pasar al régimen
general de contratación.
La Contaduría General de la Nación transferirá los créditos
presupuestales correspondientes a los cargos vacantes y a los cargos
ocupados por los funcionarios que optaren por la contratación, a los
Renglones 021 y 022 de dicho Programa.
Dentro de los ciento ochenta días de publicado el presente decreto, las
Unidades Ejecutoras deberán presentar el nuevo Reglamento Orgánico
Funcional de sus dependencias y el Manual de descripción y especificación
de cargos, los que serán aprobados por la autoridad competente, previo
informe favorable de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión.