REGLAMENTACION DEL ART. 25 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LAS JEFATURAS DE POLICIA DEL INTERIOR DEL PAIS




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 05/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 25.
Referencias a toda la norma

SECCION SEXTA
                        DEL COORDINADOR EJECUTIVO

Artículo 28

   División Especializada en materia Operativa.
   En las Jefaturas del Interior cuya existencia fuera requerida, serán comandadas por un Jefe y Sub Jefe, pertenecientes al Subescalafón Ejecutivo que revistan la categoría de Oficiales Jefes.
   Tendrá jurisdicción en todo el Departamento. Dependerán de la misma:
   a- Brigada Departamental de Tránsito. Estará a cargo de un Oficial Jefe del Sub Escalafón Ejecutivo.
   Serán sus cometidos: atender y registrar los siniestros viales, colaborando con el ordenamiento del tránsito en aquellos casos que corresponda; dictar charlas informativas y de capacitación para el Personal; organizar, controlar y efectivizar el cumplimiento de la sistematización del tránsito.
   b- Grupo de Respuesta Táctica. Estará a cargo de un Oficial Jefe del Sub Escalafón Ejecutivo.
   Serán sus cometidos: racionalizar y unificar las tareas estratégicas y tácticas en los ámbitos urbanos y rurales, con el fin de agilizar su respuesta ante tareas propias de prevención, disuasión, represión del delito y mantenimiento del Orden Público; coordinar el apoyo a operaciones planificadas de allanamientos, operativos de control de personas y vehículos, operaciones en espectáculos deportivos o culturales, como así a motines, asonadas o cortes de calles o rutas, y/o eventuales ocupaciones de lugares de trabajo, espacios públicos y que ante orden judicial y/o administrativa deban realizarse.
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