REGLAMENTACION DE NORMAS SOBRE APORTACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL DE TRABAJADORES DEPENDIENTES Y NO DEPENDIENTES




Promulgación: 18/08/1982
Publicación: 26/08/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 296
Referencias a toda la norma

II) TRABAJADORES NO DEPENDIENTES

Artículo 15

   (Disposición Transitoria) Fíjase para los afiliados activos
comprendidos en los artículos 6º y 7º y a los efectos de la determinación
que establecen los artículo 9º y 10º un plazo de tres meses a partir del
primer día del mes siguiente al del presente decreto. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 21.
Referencias al artículo
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