El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 29.
VISTO: el artículo 29 de la Ley Nro 19.315 de 18 de febrero de 2015.
RESULTANDO: I) que la mencionada disposición legal establece los cometidos de la Dirección Nacional de Policía Científica.
II) que constituyen cometidos de la referida unidad policial recoger y analizar objetos, documentos y otros elementos que constituyan indicios o prueba material de hechos presuntamente delictivos, documentar la escena del hecho, realizar pericias y toda otra actividad de su especialidad a efectos de su valoración por las autoridades judiciales competentes.
CONSIDERANDO: que corresponde reglamentar la referida disposición legal, determinando la estructura orgánica de la Dirección Nacional de Policía Científica.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4to del de la
Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
CAPÍTULO I
NATURALEZA JURÍDICA Y COMPETENCIA DE LA
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLICÍA CIENTÍFICA
Artículo 1
La Dirección Nacional de Policía Científica es una Unidad Policial, con jurisdicción nacional, dependiente de la Dirección de la Policía Nacional.