REGLAMENTACION DEL ART. 29 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE POLICIA CIENTIFICA




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 05/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 29.

CAPÍTULO II
                    COMETIDOS GENERALES Y ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

Artículo 40

   El Director de Recursos Humanos será un Oficial, que tendrá las siguientes tareas:
   a. Administrar los recursos humanos y materiales de las Divisiones que le son subordinadas, racionalizando los medios para el cumplimiento eficaz y eficiente de las funciones técnico- especializadas.
   b. Planificar, organizar, coordinar y supervisar la gestión de las Unidades que se encuentran bajo su dependencia.
   c. Supervisar la tramitación de la documentación que ingrese a la Dirección.
   d. Supervisar al Personal a su cargo y las distintas Oficinas subordinadas.
   e. Administrar recursos humanos y materiales que le sean asignados.
   f. Realizar informaciones de urgencia, Investigaciones Administrativas y Sumarios Administrativos.
   g. Realizar las conclusiones y elevar los informes dentro de los plazos, ajustados a los procedimientos y a la normativa vigente.
   h. Toda otra tarea inherente a su cargo y especialidad.
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